11/07/2017: A raíz de descarga realizada el pasado domingo 11/07/2017 Sr. Director 1.- La “Ley General de Servicios Sanitarios DFL 382/88”, establece que las empresas sanitarias solamente son responsables de la recolección de las aguas servidas, por tanto y de acuerdo a la ley las tuberías que transportan las aguas servidas están diseñadas y dimensionadas exclusivamente para las aguas provenientes del interior de los domicilios (baños, cocina). 2.- En Panguipulli se generan 16 litros por segundo de aguas servidas en sus viviendas, la capacidad de la Planta de Tratamiento de Aguas Servidas que se encuentra operativa y aprobada ambientalmente desde el año 2002 tiene una capacidad media de 25 litros por segundo (56% superior a la demanda). Todos estos antecedentes son públicos y forman parte del Plan de Desarrollo presentado el año 2016 a la Superintendencia de Servicios Sanitarios. 3.- Tal como lo hemos reiterado a través de los años, desde la creación misma de las empresas sanitarias, y lo que está en cabal conocimiento de todas las autoridades pertinentes, La Ley que “Regula los Sistemas de Evacuación y Drenaje de Aguas Lluvias 19.525/1997”, establece que es responsabilidad del Estado (MOP y SERVIU) el drenaje, evacuación y disposición de las aguas lluvias. Así mismo, añade que los colectores de aguas servidas y aguas lluvia deben ser independientes y no podrán tener conexión entre ellos. 4.- Al no existir una adecuada infraestructura y gestión de aguas lluvia, éstas se introducen en forma irregular en las tuberías de aguas servidas, provocando su colapso y posterior rebase de aguas mixtas (mezcla de aguas lluvia con aguas servidas). Por esta razón, nos resulta muy injusto que se nos ataque y señale como responsables de un problema que no es jurídicamente de responsabilidad de ESSAL y afecta al medioambiente, a la salud de la población y a las instalaciones sanitarias de la ciudad. 5.- En la práctica, la causa raíz del problema se debe a la incorporación irregular de aguas lluvia al sistema de alcantarillado de aguas servidas. Las descargas de emergencia, si bien están autorizadas para prevenir otros efectos adversos “Instrucción SISS Ord 3104/2011 - Norma Chilena 2472 Of 2000”, son indeseadas por sus efectos medioambientales y ocurren cuando llueve, lo que refuerza el argumento técnico de que los sistemas de aguas servidas operan correctamente cuando no se le incorporan de manera irregular aguas lluvia. 6.- Dicho todo lo anterior, esto no significa que nos restemos a apoyar desde nuestras capacidades y competencias técnicas las soluciones que las autoridades responsables determinen, por lo que reiteramos nuestra disposición para participar en la mesa técnica liderada por el Municipio de Panguipulli y la comunidad, a fin de colaborar y avanzar en un trabajo coordinado para conseguir soluciones técnicas que minimicen el impacto que las aguas lluvia tienen en la red de aguas servidas. Boris Navarro |